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Acceso a la Presentación telemática en nombre de terceras personas en la Agencia Tributaria de Cataluña

Hay dos posibilidades diferentes para hacer presentaciones telemáticas en nombre de terceras personas, presentaciones en que, si la tramitación requiere certificado digital, el titular del certificado tiene que ser el presentador de la declaración:

  • Declaración responsable (novedad 10.04.2017):

La declaración responsable que autoriza a hacer una presentación telemática en nombre de terceras personas está disponible durante el trámite de presentación de la autoliquidación (aviso: en un primer momento da un mensaje de error, dado que sujeto pasivo y presentador no coinciden, simplemente hay que seleccionar el botón “continuar” por validar y hacer la presentación correspondiente).
La declaración responsable permite autorizar la presentación de autoliquidaciones de cualquier tributo excepto las relativas a bingo y a máquinas de juego.

Condiciones de la declaración responsable:
1. La declaración responsable se realiza de acuerdo con lo que prevé la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña (artículo 35).
2. Quien hace la declaración responsable afirma, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos para ejercer la representación voluntaria del sujeto pasivo para efectuar la presentación telemática delante de la Agencia Tributaria de Cataluña y que dispone de la documentación acreditativa correspondiente que presentará ante esta administración en caso de que se le requiera.
3. La admisión de la representación es válida únicamente para la tramitación telemática del acto tributario concreto para el cual se realiza la declaración responsable.
4. El sujeto pasivo representado autoriza que sus datos personales sean tratados de manera automatizada a los efectos exclusivos de los trámites, actos y actuaciones objeto de la representación, y se incorporen a los ficheros de titularidad de la Agencia Tributaria de Cataluña con la finalidad de gestionar la aplicación de los tributos estatales cedidos y propios de la Generalitat de Catalunya.

Hay que tener presente que la persona que consta en el certificado o identificación digital debe ser titular o autoritzada de la cuenta en la que se vaya a realizar el cargo.


  • Adhesión a un acuerdo de colaboración social con colectivos de profesionales para la actuación en nombre de terceras personas.

Los profesionales que quieran presentar declaraciones telemáticas en nombre de terceras personas tienen también la posibilidad de firmar la adhesión a uno de los acuerdos de colaboración social que la Agencia Tributaria de Cataluña tiene con diferentes colectivos profesionales con esta finalidad. En este caso no será necesario hacer la declaración responsable en cada tramitación, dado que la funcionalidad valida la adhesión.

Para tramitar la adhesión debe dirigirse al colectivo profesional pertinente (hay que utilizar el modelo que consta como anexo en el acuedo de colaboración). AGESFI no a firmado el pertinente acuerdo, porque con la modalidad de declaración responsable, ya no es pertinente la celebración del convenio.

Puede consultarse la lista de acuerdos firmados:






96 670 15 17

CALLE APOLO, 68
03182 TORREVIEJA
(ALICANTE)
agesfi@agesfi.es

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